

Los vascos que demuestren la necesidad de una vivienda y cumplan una serie de requisitos pueden reclamar desde el 1 de enero al Gobierno Vasco que les proporcione un alojamiento, tal y como recoge la Ley de Vivienda aprobada por el Parlamento Vasco en junio del pasado año y que ampara el derecho subjetivo a la vivienda. Algo que hasta ahora no pasaba de ser un enunciado en la Constitución, al igual que el derecho al trabajo, se convierte ahora en una tarea que la administración debe cumplir sí o sí. Hasta ahora, las normativas autonómicas en materia de vivienda de Andalucía, Canarias, Cataluña, Navarra y Galicia calificaban la vivienda como un derecho humano, pero ninguna de ellas permitía la justiciabilidad de este derecho, es decir, la reclamación ante los tribunales de las vulneraciones del mismo por parte de las autoridades.
En la primera semana de la entrada en vigor de la ley, 14 familias han solicitado ejercer ese derecho. Pero, ¿qué consecuencias tiene la ley, tienen las administraciones capacidad para dar respuesta a este reto? ¿Cuáles son los antecedentes y qué países de Europa tienen implantado este derecho reclamable a una vivienda y cómo funciona? La Revista de la Vivienda Protegida ofrece en A fondo a sus lectores un amplio y detallado reportaje sobre este tema llamado a ocupar un espacio importante en la agenda política de España y que está en boca de todos los gestores públicos de vivienda.
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