El Tribunal General de la Unión Europea ha rechazado la demanda de seis promotoras de vivienda social de Holanda contra el criterio de la Comisión de declarar ayudas de Estado varias de las medidas de apoyo que ofrecía el ejecutivo holandés a este tipo de empresas de iniciativa social. La sentencia del Tribunal General, el equivalente en la Unión Europea a un tribunal de primera instancia, a la que ha tenido acceso La Revista de la Vivienda Protegida, da la razón a la Comisión que consideró que las ayudas suponían una competencia directa para las promotoras privadas y llevó a Holanda a modificar de una forma más restrictiva la definición de la misión de esta sociedades. La sentencia supone un varapalo para las empresas holandesas promotoras de vivienda social a las que el TG rechaza todos los argumentos y, además, les condena a costas junto al Reino de Bélgica que se personó en la causa en su apoyo. El Tribunal General coincide con la Comisión en que el apoyo con recursos públicos a las promotoras de iniciativa social es legal sólo si realmente tienen una función social y las viviendas se destinan a quienes lo necesitan. La Revista de la Vivienda Protegida ofrece la sentencia completa.
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