El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU ha dictaminado que España violó el derecho a la vivienda de una familia al no considerar su vulnerabilidad en un desalojo. La familia afirmaba que pagaba un alquiler, aunque luego comprobó que el dueño no tenía título habilitante [en los procedimientos judiciales no quedó acreditado el pago de renta], por lo que su solicitud de una vivienda social, tras su lanzamiento por parte del banco propietario, le fue denegada, ya que quien ocupa una vivienda ilegalmente queda fuera del programa de vivienda social. La ONU recomienda al Estado español que, además, de modificar su legislación y ofrecerles una vivienda en condiciones, compense económicamente a la familia afectada.
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