El Tribunal Constitucional ha dado a conocer hoy la sentencia en relación con el recurso de inconstitucionalidad que interpuso el anterior presidente de Gobierno contra varios preceptos de la Ley Vasca de Vivienda de 2015. El TC avala todos y cada uno de “los instrumentos públicos de intervención administrativa en viviendas que no cumplen la función social” y su uso habitacional, es decir, la venta o sustitución forzosa, las órdenes de ejecución, el alquiler forzoso durante cinco años, prorrogables otros cinco, las multas coercitivas y las sanciones dictadas por el Parlamento Vasco. Hay que recordar que, a diferencia de otras legislaciones autonómicas (Navarra, Andalucía, Comunidad Valenciana) que también han pasado el filtro del Constitucional en cuanto a requerir el cumplimiento de la función social de la vivienda y su uso habitacional la ley vasca afecta no sólo a las personas jurídicas sino también a las físicas que tengan viviendas deshabitadas. El consejero de Vivienda (Iñaki Arriola) acaba de anunciar que aplicará la ley en todos sus extremos. Ofrecemos la sentencia completa.
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