El Tribunal Constitucional ha inadmitido a trámite una cuestión prejudicial de validez elevada por el TSJ del País Vasco respecto a la norma foral de las Juntas Generales de Gipuzkoa que permitía a los ayuntamientos establecer recargos de hasta el 150% en el IBI a las viviendas que no constituyan residencia habitual. Una cincuentena de ayuntamientos han aplicado estos recargos cuya legalidad acaba de avalar el TC. El alto tribunal recuerda que el recargo tiene “una finalidad extrafiscal, dirigida a promocionar el acceso a la vivinda, lo que debe tenerse en cuenta a la hora de enjuiciar su constitucionalidad”.
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