El TSJ de Madrid anula la plusvalía en una venta porque no se puede dejar al ‘arbitrio’ de la Administración la aplicación de este impuesto

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La Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado la liquidación en concepto de plusvalía en una operación de compra-venta de una propiedad al entender que no se puede dejar “al arbitrio” del ente administrativo aplicador de dicho impuesto la “determinación de los supuestos” que dan origen legal a esta “obligación tributaria”. La sentencia declara que la liquidación debe ser anulada, en cuanto girada en aplicación de preceptos expulsados del ordenamiento jurídico, cuyo resultado no puede ser reexaminado a la vista del resultado de prueba pericial alguna.

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