

La Audiencia Provincial de Castellón ha dictado un auto que niega a una entidad bancaria la posibilidad de interponer una demanda de ejecución hipotecaria contra un cliente porque el banco prestamista (titular registral de la garantía hipotecaria) había cedido el crédito a un fondo de titulización. Se trata de una una resolución novedosa que se aparta de la línea jurisprudencial mantenida por otras Audiencias Provinciales. Considera que la reclamación por el impago ha de hacerla la sociedad gestora representante del fondo al que se cedió el crédito.
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