El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha anulado una cláusula de un préstamo hipotecario que establecía un interés de demora del 19% por abusivo. El crédito hipotecario inicial, firmado en 2004, fue destinado a la adquisición de vivienda habitual y, posteriormente, en el año 2005, fue ampliado para otros usos.
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