El Supremo reafirma la no obligatoriedad en el caso de la Comunidad de Madrid de hacer constar en la publicidad de pisos turísticos el número de registro

Foto: La Revista de la Vivienda Protegida.

El Supremo ha tumbado dos de las exigencias que establecía el decreto de la Comunidad de Madrid que regula las viviendas de uso turístico. Uno de ellos es meramente procedimental y no tendrá apenas repercusión, pero el TS reafirma la no obligatoriedad de que en la publicidad figure el número de su inscripción en el registro de empresas. Ofrecemos la sentencia completa.

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