El Supremo ha tumbado el criterio de la Agencia Tributaria y ha sentenciado que el separado o divorciado que deja la vivienda mantiene el derecho a la exención en el IRPF en la venta de la vivienda habitual que podrá aplicarse cuando las ganancias patrimoniales obtenidas en su transmisión son reinvertidas en la adquisición de una nueva vivienda habitual.
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