El Tribunal Supremo ha establecido jurisprudencia en torno a quién corresponde el pago del IBI si no existe un pacto en contrario en el contrato suscrito. El TS dicta en una sentencia reciente que el responsable de abonar el recibo del impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es el vendedor, aunque podrá repercutirlo sobre el comprador, en proporción al tiempo en que cada una de las partes haya ostentado la titularidad. Ofrecemos la sentencia completa.
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