El Constitucional considera constitucional la ley madrileña de protección a los hipotecados salvo en las obligaciones de la empresas no calificadas como entidades financieras

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales dos artículos de la ley de la Asamblea de Madrid para la protección de los derechos de los consumidores mediante el fomento de la transparencia en la contratación hipotecaria. Por contra, ha rechazado la pretensión del Estado de anular otros cinco artículos. El presidente de Gobierno planteó el recurso al considerar que la legislación autonómica otorgaba al consumidor menos amparo que la estatal, lo que el TC rechaza salvo en el punto referido a las obligaciones de las empresas que actúan en el mercado hipotecario sin tener la condición de entidades de crédito.

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