El Constitucional dicta que una sentencia suya que anula una disposición análoga de una ley autonómica no autoriza sin más a los tribunales a extender su doctrina a una ley diferente de otra comunidad

Tribunal_Constitucional

El Tribunal Constitucional, en relación con un apartado de una ley de la Comunidad Valenciana que permitía, entonces en contra de la ley estatal, aplazar pagos en obras públicas, ha rechazado que los órganos jurisdiccionales puedan inadmitir a trámite el incidente de nulidad de actuaciones ante el Constitucional por el mero hecho de que otra disposición análoga de una ley de otra autonomía haya sido en su momento declarada inconstitucional.

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