Un comerciante tendrá que dejar el local arrendado y la vivienda adjunta al haberse jubilado, aún estando al frente de la tienda

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Una sentencia de la Audiencia de Zaragoza  señala que “la jubilación del arrendatario determina la extinción del contrato de arrendamiento independientemente de que aquel continúe al frente de la actividad empresarial o comercial realizada en el local comercial.”

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