El Tribunal Supremo ha dictaminado la preponderancia de la normativa autonómica de la Comunidad de Madrid frente a la LAU a la hora de poder establecer que sean los inquilinos de VPO quienes corran con los gastos de comunidad si así consta en el contrato. El TS rechaza así una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que daba la razón a uno grupo de inquilinos de la EMVS y estima el recurso de la empresa municipal. La Revista de la Vivienda Protegida ofrece el acceso a la sentencia completa.
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