
El TSJ de la Comunidad Valenciana ha fallado a favor de la empresa que fue encargada de reparar inmuebles de su parque público de vivienda y en cuyo abono se retrasó. La Generalitat Valenciana deberá no sólo abonar las certificaciones, sino también el interés legal del dinero a partir del día siguiente al de interposición del recurso contencioso-administrativo y los costes de cobro de la deuda en la fase administrativa, además de las costas del juicio. Ofrecemos la sentencia íntegra.
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